El Banco Nacional de Ucrania (BNU) ha elaborado un reglamento sobre la transición del mercado ucraniano de seguros a las normas europeas para adaptar las actividades de las aseguradoras a la Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativa al establecimiento y ejercicio de la actividad en seguros y reaseguros (Solvencia II).
Según el sitio web de la NBU, el reglamento sobre el establecimiento de requisitos para la solvencia de las aseguradoras y las actividades de inversión ha sido elaborado y propuesto para debate público y consta de dos bloques principales.
El primer bloque incluye los requisitos para garantizar la solvencia, en particular, establece el procedimiento para calcular el capital reglamentario y el capital reglamentario admisible, teniendo en cuenta las restricciones sobre la composición y estructura de los activos admisibles para su cálculo, así como el procedimiento para calcular el capital de solvencia. Así, el capital mínimo con arreglo al enfoque simplificado para determinadas categorías de aseguradoras, en particular, las aseguradoras de vida y las aseguradoras no de vida con volúmenes de negocio significativos, se fija en al menos 48 millones de UAH, y para las demás en 32 millones de UAH.
Las aseguradoras aplicarán un enfoque simplificado para calcular el capital de solvencia basado en las primas de seguros, los siniestros de seguros, las reservas técnicas, etc. hasta 2027.
El segundo bloque incluye los requisitos para las actividades de inversión de la aseguradora, incluidos los activos para cubrir las reservas técnicas y las restricciones a la inversión.
La NBU señala que el reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 2024 y establecerá un periodo de seis meses para que las aseguradoras adapten sus actividades a los nuevos requisitos. Después de esa fecha, la NBU no aplicará ninguna medida coercitiva a las aseguradoras por infringir los requisitos de solvencia si aplican sus planes de recuperación y/o financiación.
Se aceptan comentarios y sugerencias sobre el borrador hasta el 18 de diciembre de 2023
La Directiva Solvencia II de la UE se refiere principalmente a la cantidad de capital que las compañías de seguros deben mantener para reducir el riesgo de insolvencia. Los próximos pasos para reforzar los requisitos de solvencia de las aseguradoras en Ucrania, según esta directiva, serán determinar el procedimiento para evaluar determinadas categorías de activos aptos e introducir requisitos para calcular el capital de solvencia y el capital mínimo según el enfoque básico para determinadas categorías de aseguradoras a partir de 2027.