El 1 de enero de 2026 entró en vigor la Ley de Ucrania n.º 4219-IX, que modifica el procedimiento de cumplimiento por parte de los empleadores de la normativa sobre el empleo de personas con discapacidad, introduce un control trimestral y una contribución específica en lugar de sanciones administrativas y económicas.
Según las aclaraciones, en lugar de un cálculo anual, los empleadores deben determinar la norma trimestralmente, y los informes sobre su cumplimiento se presentarán trimestralmente como parte de los cálculos fiscales.
La norma de puestos de trabajo se establece por trimestre sobre la base del número medio de empleados fijos (SKShP): con un SKShP de 8 a 25 personas: 1 puesto de trabajo; con un SKShP superior a 25: 4 % del SKShP; para los centros de salud, los centros de rehabilitación, los proveedores de servicios sociales y las organizaciones que se dedican a la rehabilitación o la formación de personas con discapacidad, se prevé una norma especializada del 2 % del SKShP.
Para que un trabajador con discapacidad cuente para el cumplimiento de la norma a partir de 2026, deben cumplirse simultáneamente las siguientes condiciones: que se trate de su lugar de trabajo principal, que el salario devengado supere el mínimo y que la jornada laboral corresponda a la duración normal o adaptada.
En lugar de las sanciones vigentes por incumplimiento de la cuota, se introduce una contribución específica para apoyar el empleo de personas con discapacidad, cuya administración recae en las autoridades fiscales. en las aclaraciones también se indican las consecuencias financieras de las infracciones, incluyendo una multa del 7 % por pago atrasado, del 10 % por recargo (con límite), una penalización del 0,1 % por cada día de retraso, así como una multa de 170 UAH por infracciones en la presentación de informes.