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El tribunal ha obligado al Centro Territorial de Reclutamiento a dar de baja del registro militar a un hombre que ha cambiado de sexo

El Tribunal Administrativo Regional de Dnipropetrovsk ha declarado ilegal la negativa del Centro Territorial de Reclutamiento y Apoyo Social (CTR y AS) a dar de baja del registro militar a una ciudadana ucraniana que había cambiado oficialmente su género de masculino a femenino, y ha obligado a introducir los cambios correspondientes en el registro «Oberig».

Según informa el movimiento ciudadano «¡Todos juntos!», citando la sentencia judicial, el caso se refiere a una ciudadana que anteriormente figuraba en el registro militar como hombre sujeto a la obligación militar y que, tras el cambio oficial de género, obtuvo documentos en los que se indica su género femenino.

Tras la tramitación de los nuevos documentos, solicitó a la Comisión Territorial de Reclutamiento (TCK) su baja del registro militar. Sin embargo, el organismo denegó la solicitud, alegando que el cambio de sexo no está previsto expresamente en la legislación como motivo independiente para la baja del registro. Además, los representantes de la TCK insistieron en la necesidad de someterse a una comisión médico-militar.

El tribunal determinó que la demandante carecía de formación médica o farmacéutica ni de una especialidad que pudiera servir de fundamento para el registro militar obligatorio de las mujeres. Tampoco había presentado ninguna solicitud de inscripción voluntaria en dicho registro.

En opinión del tribunal, la ausencia en la legislación de un procedimiento específico para la exclusión del registro militar tras un cambio oficial de sexo no puede servir de fundamento para denegar la protección de los derechos de un ciudadano. El tribunal también señaló que era inadmisible aplicar a la demandante las normas previstas para los hombres tras el cambio oficial de su estatus jurídico.

En consecuencia, el tribunal estimó íntegramente la demanda, declaró ilegal la denegación de la Comisión Territorial de Reclutamiento y la anuló. Se obligó a dicho organismo a dar de baja a la demandante del registro militar de personas sujetas al servicio militar obligatorio y a actualizar los datos en el Registro Estatal Único de Reclutas, Personas Sujetas al Servicio Militar Obligatorio y Reservistas «Oberig».

La sentencia se dictó el 15 de octubre de 2026 en el asunto n.º 160/22278/26. Puede ser recurrida en apelación.

Fuente: «¡Todos juntos!» — Un tribunal ha obligado a la Comisión Territorial de Reclutamiento a dar de baja del registro militar a un hombre que se identifica como mujer⁠.

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