Business news from Ukraine

Business news from Ukraine

Los exportadores ucranianos a la UE deben cumplir los nuevos requisitos de embalaje

Las empresas ucranianas que exportan productos envasados a países de la Unión Europea deberán cumplir, a partir del 12 de agosto de 2026, los nuevos requisitos europeos uniformes en materia de envases, establecidos en el Reglamento (UE) n.º 2025/40 sobre envases y residuos de envases (Packaging and Packaging Waste Regulation, PPWR).
Las nuevas normas no solo afectan a los fabricantes de los países de la UE. La Comisión Europea señala expresamente que el reglamento se aplica a todos los envases comercializados en el mercado de la Unión Europea, independientemente de su material y origen. Por lo tanto, los requisitos también se aplican a los productos procedentes de Ucrania, Serbia, Turquía, China y otros países terceros.
El reglamento entró en vigor el 11 de febrero de 2025, aunque sus disposiciones principales comenzaron a aplicarse a partir del 12 de agosto de 2026. Sustituyó a la directiva europea sobre envases y residuos de envases, que había estado en vigor durante más de 30 años.
Para las empresas ucranianas, esto afecta principalmente a los fabricantes de productos alimenticios y bebidas, cosméticos, productos químicos de uso doméstico, bienes de consumo e industriales, así como a las empresas de comercio electrónico que envían productos envasados a compradores de la UE.
Las nuevas normas establecen requisitos sobre la composición y la seguridad de los materiales de embalaje, la reducción del exceso de embalaje y las posibilidades de reutilización y reciclaje. Los fabricantes deben realizar una evaluación de la conformidad del embalaje con los requisitos establecidos y redactar la Declaración de Conformidad de la UE (EU Declaration of Conformity).
En el caso de los envíos desde Ucrania, la responsabilidad jurídica directa de la comercialización de la mercancía importada en el mercado europeo recae, en muchos casos, en el importador registrado en la UE. Según el reglamento, se considera importador a la empresa o persona que, estando en la Unión Europea, comercializa en el mercado de la UE envases o productos envasados procedentes de un tercer país. En lo que respecta a los productos importados, le incumben las obligaciones de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos.
Sin embargo, esto no significa que el fabricante ucraniano no tenga que cambiar nada. En la práctica, el importador europeo deberá obtener del proveedor información sobre la composición del envase, la confirmación de su conformidad con los requisitos y la documentación técnica. Si la empresa ucraniana no puede facilitar estos documentos o si el envase no cumple con el PPWR, el socio europeo no podrá comercializar normalmente dicho producto en el mercado de la UE.
Uno de los requisitos, que ya tiene aplicación directa a partir del 12 de agosto de 2026, se refiere a los envases que entran en contacto con productos alimenticios. Estos no deben contener PFAS —los denominados «químicos eternos»— en concentraciones que superen los valores límite establecidos por el Reglamento.
No obstante, parte de los requisitos del PPWR, que han sido objeto de un amplio debate, se introducirán de forma gradual.
Por ejemplo, la obligación de garantizar la reciclabilidad de todos los envases está prevista para 2030, y las nuevas normas unificadas de etiquetado también se introducirán más adelante. Por lo tanto, sería erróneo afirmar que, a partir del 12 de agosto de 2026, las empresas ya estarán obligadas a cumplir absolutamente todas las futuras normas del PPWR.
Para los exportadores ucranianos, la importancia práctica de la reforma radica en que la conformidad del embalaje se está convirtiendo gradualmente en un requisito de acceso al mercado de la UE tan importante como los requisitos de seguridad y calidad del propio producto. Las empresas de los sectores alimentario, de la industria ligera, químico y de bienes de consumo de alta rotación (FMCG), así como los fabricantes que trabajan bajo marca propia de cadenas comerciales europeas, deben prestar especial atención a la comprobación del embalaje.
El 3 de agosto de 2026, la Comisión Europea publicó además unas aclaraciones actualizadas para las empresas sobre la aplicación del PPWR, mientras que la fecha general de entrada en vigor de las disposiciones principales del reglamento se fijó para el 12 de agosto.
Fuente original: Reglamento (UE) 2025/40 y aclaraciones de la Comisión Europea sobre el Reglamento relativo a los envases y residuos de envases.

 

, ,