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Estados Unidos ha endurecido las restricciones de visado para los organizadores del «turismo de maternidad»

26 septiembre , 2026  

Estados Unidos ha introducido nuevas restricciones de visado para los extranjeros que participen a sabiendas en la organización del denominado «turismo de maternidad» o que faciliten este tipo de viajes, según ha informado el secretario de Estado de EE. UU., Marco Rubio.
La nueva política del Departamento de Estado entra en vigor el 23 de septiembre de 2026 y se aplica en virtud del artículo 212(a)(3)(C) de la Ley de Inmigración y Ciudadanía de EE. UU. Podrán verse afectadas por estas restricciones aquellas personas que participen, hayan participado anteriormente o ayuden a organizar viajes a EE. UU. con el objetivo principal de dar a luz a un niño y que este obtenga la ciudadanía estadounidense.
En concreto, las medidas pueden afectar a los propietarios, directores y gestores de empresas especializadas en el «turismo de maternidad», a los intermediarios de visados que enseñan a sus clientes a proporcionar información falsa al solicitar visados, así como a los profesionales sanitarios extranjeros que facilitan deliberadamente dichos viajes o el uso fraudulento del programa Medicaid. Las restricciones podrían extenderse también a otras personas que presten apoyo a estas redes comerciales y, en casos concretos, a sus familiares.
Según Rubio, las redes comerciales de «turismo de maternidad» anuncian sus servicios en el extranjero, ayudan a los solicitantes a ocultar el verdadero objetivo del viaje y pueden cobrar decenas de miles de dólares por organizar partos en territorio estadounidense.
No obstante, la prohibición de utilizar un visado de visitante de categoría B para un viaje cuyo objetivo principal sea el nacimiento de un niño con el fin de que este obtenga la ciudadanía estadounidense no es nueva. Ya desde el 24 de enero de 2020, los funcionarios consulares estadounidenses deben denegar el visado B si tienen motivos para considerar que ese es precisamente el objetivo principal del viaje.
La nueva política de 2026 amplía el enfoque, pasando de los propios solicitantes a los organizadores, intermediarios y la infraestructura de dichos esquemas. Los abogados especializados en derecho de inmigración señalan que el Departamento de Estado aún no ha revelado en detalle qué pruebas se utilizarán, cómo se determinará exactamente quiénes están sujetos a las restricciones ni si las nuevas medidas afectarán a los visados ya concedidos.
El embarazo, por sí solo, no constituye un motivo automático para denegar un visado. El Departamento de Estado sigue permitiendo los viajes a EE. UU. para recibir tratamiento médico, incluida la asistencia médica durante el embarazo, siempre que el solicitante cumpla los requisitos del visado correspondiente y pueda acreditar el motivo del viaje y el pago de los gastos médicos. Sin embargo, el «turismo de maternidad», en el que el objetivo principal es obtener la ciudadanía estadounidense para el niño, no se considera oficialmente un motivo válido para la concesión de un visado de visitante.

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